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jueves, 24 de noviembre de 2016

AMÉRICA DEL NORTE / MÉXICO A la Corte Interamericana, caso de desaparición forzada en la “Guerra contra el Narco”

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Nitza Paola Alvarado Espinoza, José Ángel Alvarado Herrera y Rocío Irene Alvarado Reyes fueron desaparecidos en 2009 por elementos militares en Chihuahua.

Ciudad de México, 23 de noviembre de 2016. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) envió a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) la desaparición forzada de Nitza Paola Alvarado Espinoza, José Ángel Alvarado Herrera y Rocío Irene Alvarado Reyes, desaparecidos en 2009 por elementos militares en Chihuahua y de quienes aún se desconoce el paradero. El caso es el primero de la llamada “Guerra contra el narco” que llega a esta instancia y se sometió a jurisdicción de la Corte porque la Comisión consideró que el Estado no cumplió con las recomendaciones contenidas en el Informe de Fondo.
La CIDH explicó que la relevancia del caso “obedece a que se trata de una problemática actual que ha venido en aumento en los últimos años y que ha merecido pronunciamientos, recomendaciones y expresiones de profunda preocupación por parte de la Comisión y de múltiples organismos internacionales y mandatos especiales en el ámbito de las Naciones Unidas. Los hechos del caso constituyen un ejemplo de los factores que contribuyen a que esta grave violación de derechos humanos tenga lugar en dicho contexto y que no sea debidamente investigada y sancionada como consecuencia de múltiples mecanismos de encubrimiento y obstrucción. Asimismo, el caso ofrece a la Corte Interamericana la posibilidad de pronunciarse sobre otras violaciones conexas derivadas de las amenazas y hostigamientos que sufren los núcleos familiares de las víctimas desaparecidas”.
La Comisión determinó que José Ángel Alvarado Herrera, Nitza Paola Alvarado Espinoza y Rocío Irene Alvarado Reyes fueron privados de su libertad por militares, que cuando los familiares acudieron a denunciar lo sucedido y a solicitar información les respondieron que no tenían conocimiento de su detención ni de su paradero y que se activaron mecanismos de encubrimiento. Con base en lo anterior, la Comisión calificó los hechos como desaparición forzada.
“El caso también se relaciona con la situación de impunidad en que se encuentran las tres desapariciones. La aplicación de la justicia militar a este caso resultó violatoria del derecho a contar con una autoridad competente, independiente e imparcial para la obtención de justicia. Asimismo, el Estado incumplió el deber de investigar con la debida diligencia y en un plazo razonable, tanto respecto de la búsqueda de las víctimas desaparecidas como respecto del esclarecimiento y la individualización y sanción de los responsables. Adicionalmente, hubo violaciones a los derechos humanos de familiares derivadas de amenazas y hostigamientos en su contra, y el desplazamiento forzado de algunos de ellos”, detalló la Comisión.
En el Informe de Fondo, la Comisión recomendó al Estado investigar de manera completa, imparcial y efectiva el paradero de Nitza Paola Alvarado Espinoza, José Ángel Alvarado Herrera y Rocío Irene Alvarado Reyes, y de ser el caso, adoptar las medidas necesarias para identificar y entregar a sus familiares los restos mortales según sus deseos.  “Asimismo, el Estado debe conducir los procesos correspondientes por el delito de desaparición forzada de las tres víctimas, de manera imparcial, efectiva y dentro de un plazo razonable, con el objeto de esclarecer los hechos en forma completa, identificar a todos los responsables e imponer las sanciones que correspondan. El Estado debe además reparar adecuadamente las violaciones de derechos humanos tanto en el aspecto material como moral y disponer las medidas correspondientes frente a las acciones u omisiones de los funcionarios estatales que contribuyeron a la denegación de justicia e impunidad en la que se encuentran los hechos del caso”, agregó.
El organismo interamericano también determinó que México debe adoptar medidas para responder a la problemática de la desaparición forzada en México y su especial incidencia en el estado de Chihuahua, incluyendo el fortalecimiento de la capacidad investigativa de casos de desaparición forzada de personas y la resolución de los factores estructurales que generan impunidad en estos casos, además de asegurar que las autoridades de la justicia penal militar se abstengan de obstaculizar investigaciones en casos de desaparición forzada.
Fuente: http://centroprodh.org.mx/sididh_2_0_alfa/?p=47928

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