Fernando Seymour y Gonzalo Castillo
Así lo resolvió la Corte de Apelaciones de Santiago, en cuyo fallo unánime se rechaza el reclamo de ilegalidad interpuesto por el comandante en jefe del Ejército, general Humberto Oviedo, en contra de la decisión adoptada por el Consejo para la Transparencia.
Este martes, la Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la sentencia que ordena al Ejército a entregar un listado de los oficiales que fueron ascendidos al grado de general y que prestaron servicios en la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) o la Central Nacional de Informaciones (CNI), entre septiembre de 1973 y marzo de 1990.
En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal, integrada por los ministros Javiera González, Mario Rojas y Maritza Villadangos, confirmó la decisión del Consejo para la Transparencia que obliga al Ejército a proporcionar la información solicitada por el abogado Cristián Cruz, quien recurrió a la Ley de Transparencia para obtenerla.
Se trata de todos los oficiales que ascendieron al grado de general entre el 10 de marzo de 2002 y el 11 de marzo de 2015 y que prestaron servicios en la DINA y la CNI.
Según el fallo, la información solicitada es de carácter público y no está sujeta a reserva, tal como se plantea desde el Ejército. “Debe necesariamente asentarse que el principio rector en la materia está constituido por la publicidad que asiste a los actos y resoluciones de la administración. Dicho principio se recoge en las normas de la Ley N° 20.285, la que regula, conforme se lee de su artículo 1°, el principio de la transparencia de la función pública, el derecho de acceso a la información de los órganos de la Administración del Estado, los procedimientos para el ejercicio del derecho y para su amparo y las excepciones a la publicidad de la información”, plantea el texto emitido por el tribunal.
Asimismo, agrega que “cabe recordar el principio rector anotado en el motivo quinto que antecede, esto es, la publicidad, y es en ese contexto en el que debe examinarse la legalidad o ilegalidad de la decisión del Honorable Consejo. Es decir, precisar la existencia de afectación de los derechos de ciertos funcionarios públicos en el ejercicio de funciones de igual naturaleza, en el evento de darse a conocer sus individualizaciones, ascensos y destinaciones en determinados períodos”.
De acuerdo a lo argumentado, “la exposición de los ascensos y destinaciones de funcionarios públicos, forma parte del ejercicio de la función de la misma índole, la que debe estar al alcance de cualquiera que tenga interés en conocerla, desde que se enmarca en la transparencia necesaria a la confianza sobre la que se estructura y construye un Estado de Derecho sólido y perdurable”.
En consecuencia, tal como lo plantean los ministros de la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones, se rechaza el reclamo de ilegalidad interpuesto por el comandante en jefe del Ejército, general Humberto Oviedo, en contra de la decisión adoptada por el Consejo para la Transparencia el 16 de octubre de 2015.
Lorena Pizarro: “El Ejército nunca ha colaborado en causas de DD.HH.”
Lorena Pizarro, presidenta de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos (AFDD), considera grave tener que recurrir a tribunales para que el Ejército transparente una información “que debiese ser de conocimiento público para toda la ciudadanía”, lo que daría cuenta del “compromiso que existe con la impunidad y el ocultamiento de la información por parte de la Fuerzas Armadas, a juicio de la dirigenta.
“Lo más dramático va a ser que si esto se confirma en la Corte Suprema, si es que ellos apelan a que se libere la información, es que vamos a conocer una aberración impresentable para un país democrático, porque vamos a evidenciar que buena parte del alto mando del Ejército de Chile, y me atrevo a decir de las FF.AA. en general, durante estos 26 años de transición, siguió haciendo carrera a pesar de su participación en delitos”.
La presidenta de la AFDD, si bien valoró que gracias a esta decisión se pueda conocer información que durante años han estado recabando, expresó su preocupación porque en esta ocasión la composición de la sala que emitió el fallo, era proclive a las demandas de grupos de DD.HH, lo que no se puede garantizar en un eventual fallo de la Corte Suprema sobre este caso: “Hoy día estamos satisfechos porque, entre comillas, nos tocó la composición de una buena sala, el problema es que esta no es una constante al interior del Poder Judicial y eso también hay que señalarlo con fuerza”.
“El Ejército de Chile nunca ha colaborado en causas de derechos humanos, sino mira la historia desde el año 90 a la fecha, cuando a comienzos de la década de los noventa nos enteramos cómo el Ejército financiaba a los abogados defensores de violadores a los derechos humanos destinando el 1 por ciento de sus miembros activos, y lo mismo hacían las otras ramas de las FF.AA. Nunca el Ejército de Chile ha colaborado. No es que ahora se niegue a hacerlo”.
En tanto, el presidente de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara, el diputado del PS Raúl Saldívar, planteó que le parece muy bien la decisión de la Corte de Apelaciones, ya que no es posible, desde su punto de vista, que “el Ejército genere ciertas situaciones de amparo frente a personas que han estado vinculadas a oscuros y deplorables de violación flagrante a los derechos humanos”.
Sin embargo, el parlamentario socialista criticó que el Ejército no haga entrega voluntaria de esta información y tengan que ser los tribunales quienes deban forzarlos a hacerlo: “Lo lamentable es que haya tenido que ser por la vía de una imposición de los tribunales en circunstancias que debió ser una disposición voluntaria de real reconocimiento al poder civil y a la democracia del Ejército de Chile o de otras instituciones armadas donde haya sujetos que hayan estado vinculados al atropello a los derechos humanos”.
Finalmente, Saldívar enfatizó en la poca colaboración de la Fuerza Armadas. en el esclarecimiento de los casos de violaciones a los derechos humanos, y ejemplificó con el proceso investigativo sobre la muerte del ex presidente Eduardo Frei Montalva, “en donde el caso no ha podido ser cerrado porque no se entregan antecedentes, y el Ejército niega esa posibilidad”, señaló el diputado del PS.
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