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viernes, 22 de agosto de 2014

Procesan a ex oficiales de Carabineros y de la Armada por muerte de ex mirista

El ministro Carlos Aldana sometió a proceso y decretó la prisión preventiva del ex mayor de Carabineros, Juan Humberto Utrera Chávez y el ex teniente de la Armada, Omar Antonio Dapick Bitterlich como autores materiales del delito de aplicación de tormentos por funcionarios públicos con resultado de muerte en la persona de Ricardo Barra Martínez, fallecimiento que se produjo el 28 de septiembre de 1973, alrededor de las 23.30 horas.
Asimismo, también se sometió a proceso y a prisión preventiva al capitán de Navío (r) y ex director de la Escuela de Grumetes de la Isla Quiriquina, Aníbal Octavio Aravena Miranda, como coautor inductor de los mismos hechos.
Según los datos reunidos en la indagatoria del ministro en visita extraordinaria para causas de Derechos Humanos, Carlos Aldana Fuentes, se logró determinar que alrededor de las 18 horas del 27 de septiembre de 1973 un piquete de Carabineros, apoyado por miembros de la Armada, detuvo a cuatro personas en una casa ubicada en un callejón del cerro Miramar en Tomé, quienes se encontraban dormidas en posesión de armas y explosivos para desarrollar actividades subversivas, una de las cuales era Barra Martínez, acompañado por Héctor Lepe Moraga, Miguel Catalán Febrero y Tránsito del Carmen Cabrera Ortiz.
Luego fueron trasladados a la comisaría de Tomé en donde fueron interrogados por Utrera Chávez, dando cuenta a Aravena Miranda como jefe de plaza de Tomé, por lo que luego se sumaron oficiales de la Armada al procedimiento, entre ellos, Dapick Bitterlich.
Al día siguiente los detenidos fueron puestos a disposición de Aravena Miranda, para su traslado a la Fiscalía Naval de Talcahuano, llegando efectivamente a ese lugar Lepe Moraga, Catalán Febrero y Cabrera Ortiz, quienes fueron condenados a penas privativas de libertad en la cárcel de Tomé, de donde fueron sacados ilegalmente y ejecutados, delitos que fueron sancionados en otro proceso.
“Respecto de Barra Martínez, no se ha logrado determinar si ingresó vivo al recinto naval de Talcahuano, pero existe vehemente convicción que falleció el 28 de septiembre de 1973, alrededor de las 23:30 horas, mientras se encontraba bajo la custodia y responsabilidad de personal de la Armada de Chile, a raíz de las torturas físicas inferidas por sus custodios”, indicó el dictamen.
Lo anterior fue comprobado por las declaraciones de los familiares que retiraron su cuerpo quienes apreciaron “que presentaba evidencias de golpes y quemaduras de cigarros, morada su piel y la camiseta que usaba, ensangrentada, estado físico que es el resultado de las torturas recibidas, tratamiento que es lo que es coherente con la forma de interrogar que tenían los miembros de Carabineros y las Fuerzas Armadas a los detenidos que se les atribuía actividades terroristas”, señaló el fallo.
Asimismo, al informarles de su muerte a Aravena Miranda, este “no adoptó medida, instrucción o comunicación alguna para investigar el hecho y esclarecer la responsabilidad de su personal, a que estaba obligado como funcionario público y Jefe de Plaza en territorio bajo Estado de Sitio”, complementó la resolución.
escrito por Poder Judicial

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