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lunes, 2 de agosto de 2010

baleo con proyectiles de guerra en LOf WAWANCO


PIÑERA Y MOLINA EMPIEZAN A CUMPLIR SUS AMENAZAS: BALEO CON PROYECTILES DE GUERRA, ALLANAMIENTO ILEGAL Y MUERTE DE OVINOS EN LOF WAWANCO
Unos 100 policias militares ingresaron disparando a los predios de lof wawanko en la precordillera mapuche y asesinaron ovinos y destrozaron bienes de los mapuche
Territorio Mapuche, 31 de julio de 2010.
A las 15.00 hrs de hoy y luego de impedir el ingreso a periodistas nacionales y extranjeros en el lugar, el gobierno chileno dió la orden de atacar al interior de sus predios a mapuches que luchan por sus derechos en el Lof Wawanco, dentro del territorio mapuche. Los policias dispararon con armas de fuego de calibre de guerra a los mapuche y sus casas, destruyeron portones y mataron a tiros unas 10 ovejas en etapa de preñez de la familia Painen.

En este momento el Lof se encuentra tomado y rodeado por la policia y los habitantes del lugar, en su desesperación, han debido refugiarse en terrenos aledaños para evitar las balas enviadas por el Presidente Piñera y su representante en la zona Andrés Molina, los que según los mapuche "son conocidos por su vinculación con las empresas que concentran la riqueza, invaden y destruyen el equilibrio ecológico del territorio mapuche junto con generar alta pobreza para mapuche y chilenos en la zona".

De acuerdo a los voceros de estas comunidades, empieza a cumplirse asi la amenaza del día de ayer por parte del gobierno, ante las movilizaciones pacíficas de los mapuche, cuando el funcionario Molina declaró a la prensa que estos hechos pueden generar “víctimas fatales”, como ya ha ocurrido anteriormente. A la vez señalaron que estos métodos no son nuevos para Wawanco pues ya en 1951 hubo enorme represión en el lugar también debido a la exigencia de recuperación de derechos ancestrales.

En datos no confirmados aún se ha recibido la noticia de que similares hechos ocurren en la zona mapuche de Ercilla cerca del último límite de la nación mapuche con Chile.

Continuaremos informando
. A 129 AÑOS DEL INICIO DE LA GUERRA CONTRA EL PAIS MAPUCHE. ALIANZA TERRITORIAL MAPUCHE. comunicaciones trawulu pu lof.

martes, 27 de julio de 2010

Policías de Bariloche son denunciados por torturar a un menor


Fuente: Agencia Pulsar


Fabio Bonefoi fue detenido por la policía el sábado en la sureña ciudad de Bariloche. Denunció que fue víctima de torturas luego de su detención. En junio pasado tres personas murieron a causa de la represión policial en la misma ciudad argentina.... Publicada en http://www.vientosdelsur.org/


Los Pibes de Bariloche

Por Alberto Morlachetti
Fuente APE

Bariloche se imaginó siempre como un diseño de la belleza. Cierto. La mirada se hace bonita cuando descubre el lago Nahuel Huapi, el Cerro Catedral o la arquitectura europea del Centro Cívico. Desde su fundación, en 1902, se imaginó blanca, cercanamente Suiza, entrañablemente Alemana.
Protegido por el invierno y el olvido Erich Priebke, vivió casi 50 años en Bariloche. Pero fue descubierto en 1994 como el capitán de las SS Alemanas que el 24 de marzo de 1944 ordenó ejecutar con tiros en la nuca a 335 Italianos en la Masacre de las Fosas Ardeatinas. Mucho de los habitantes de Bariloche no tuvieron dudas ni espanto y apoyaron a aquel "vecino ejemplar de la ciudad", convencidos de que se levantaba un patíbulo para inocentes....
Publicada en http://www.vientosdelsur.org/

domingo, 25 de julio de 2010

¡¡¡¡ ATENCION !!!!! SE ENCUENTRA SIN VIDA EL CUERPO DEL JOVEN MAPUCHE DAVID CAYUQUEO DESPUES DE ALREDEDOR DE UN MES DE ESTAR DESAPARECIDO


El joven mapuche David Cayuqueo de 23 años se encontraba desaparecido desde desde el el día 26 de junio cuando fue a celebrar el wiñoy tripantu en la comuna de Padre de las Casas en el hogar mapuche lawen mapu, "el asunto es que no ha dado ninguna señal, la misma gente del hogar está preocupada porque mi hermano dejo sus pertenencias allá y no ha vuelto" señalaba Matias Cayuqueo hermano de David.

El cuerpo del joven mapuche fue encontrado en imperial, las pericias aún no especifican el motivo de su muerte por lo tanto la familia de David cayuqueo se encuentra espectante por saber el real motivo de la muerte y desaparición de su hijo.

Noticia en desarrollo...

viernes, 23 de julio de 2010

¿ NO SERA COMO MUCHO? CARABINEROS PODRIA IMPLEMENTAR BRIGADA ESPECIAL PARA CONFLICTO INDIGENA



FUENTE: TRINCHERA DE LA IMAGEN

Con el aumento de dotación en las filas de Carabineros, también se estudia la posibilidad de crear una Brigada Especial para atender las materias relacionadas con el conflicto indígena en La Araucanía.
El nuevo grupo podría ser uno más entre las brigadas especiales con que cuenta la institución uniformada, según lo dejó entrever la subsecretaria de Carabineros, Carol Bown, quien declinó entregar mayores detalles aludiendo a que los anuncios oficiales para La Araucanía los hará el Presidente de la República, durante una visita que haría a la zona.
Al ser consultada por la creación de un equipo especial para atender el conflicto, la autoridad política dijo que “se están creando las brigadas especiales dentro de las nuevas estrategias”, la que podría sumarse a otras como “las brigadas Centauros (que) están trabajando específicamente en los barrios críticos y también esperamos que haya un plan especial para esta región”.
Al pedirle que aclarara la posibilidad de crear una brigada especial, declinó referirse más al tema y reiteró que “yo no voy a anunciar hoy día lo que a va a anunciar el Presidente la próxima semana”.
Respecto a las críticas del senador Alberto Espina, al trabajo de los equipos de inteligencia, dijo que “la inteligencia en esta zona sí está funcionando y se puede mejorar”.
Por otro lado, anunció la llegada de más efectivos en forma gradual, entre lo que se incluye la llegada de unos diez nuevos vehículos desde septiembre en adelante.

martes, 20 de julio de 2010

ATENCION, JOVEN MAPUCHE ( DESAPARECIDO)


wetripantu
2010-07-18
Joven Mapuche Desaparecido

Desde Santiago, la familia de David Antonio Cayuqueo Cortes nos ha pedido informar sobre la desaparición de este joven de 23 años.

David Cayuqueo se encuentra desaparecido desde el el dia 26 de junio cuando fue a celebrar el wiñoy tripantu en la comuna de Padre de las Casas en el hogar mapuche lawen mapu, "el asunto que es que no ha dado ninguna señal, la misma gente del hogar está precupada porque mi hermano dejo sus pertenecias alla y no ha vuelto" nos señala Matias Cayuqueo.

La familia ha contactado a diversos medios de comunicación y a distintos hospitales, sin tener ninguna información sobre el paradero de David.
Cualquier información dirigirla al correo de su hermano Matias Cayuqueo: cayuraptor@hotmail.com y al fono (02)5235024

ASAMBLEA NACIONAL POR LOS DERECHOS HUMANOS CHILE

lunes, 12 de julio de 2010

represión en acto artístico en valparaiso hace recordar cada vez mas que estamos en dictadura




No más abuso policial




El sábado 3, se realizaba en el Galpón Canciani de Valparaíso, una Tocata con bandas de la zona. A las 00:30 horas del domingo llego un numeroso contingente policial. De los buses descendió un piquete de FF.EE. con escudos que se puso frente a las puertas; cargando el ambiente de tension. Los organizadores quisieron saber que pasaba y solo recibieron empujones e insultos de los efectivos policiales. Al interior del recinto la tocata se desarrollaba en total normalidad. Sin mediar provocación ni aviso alguno, 20 minutos mas tarde, los efectivos policiales se lanzaron contra las personas que esperaban ingresar al recinto, con gases lacrimógenos, chorros del carro lanzagua y apaleo generalizado. Los organizadores, que no tenían vista hacia el exterior, frente al tumulto que se formo solo atinaron a cerrar las puertas. Las personas que se encontraban en el interior aun no se percataban de lo que acaecía y seguían disfrutando de la musica. En lo minutos siguientes, también para ellos se desato el infierno. El Carro lanzaaguas embistió las puertas -con el riesgo cierto de atropellar a las personas que estaban detrás de ellas- y entraron al recinto efectivos de Fuerzas Especiales que poseídos de furia ciega, procedieron a golpear indiscriminadamente a quien se interpusiera en su camino. Cuando ya no quedaba nadie en pie, el oficial a cargo del operativo, capitán Carlos González, ordeno a su personal cursar dos partes: uno por "desordenes" al representante del Centro Cultural los Panzers del Almendral y otro al local por tenencia de alcohol (cervezas) en una bodega cerrada que nada tenia que ver con la actividad. Al ser interpelado por las victimas, respecto al porque de un procedimiento tan violento, el oficial afirmo "que la actividad no estaba autorizada". Como esto pone en grave riesgo la integridad de los ciudadanos que tienen pleno derecho a reunirse pacíficamente en lugares privados, la Comisión Etica Contra la Tortura de la Quinta Región - junto a varios de los afectados- interpuso una denuncia formal ante la 1ª Fiscalía Militar de Valparaíso, contra el oficial que comando el procedimiento, Capitán Carlos González González de FF.EE. Tenemos derecho a preguntar:


1.- Un parte de Alcoholes y otro por desordenes, ¿amerita este despliegue policial y el uso indiscriminado de la violencia?


2.- Un acto musical no autorizado ¿es razón suficiente para dejar mas de 30 personas lesionadas, gaseadas y humilladas?


4.- La superioridad policial ¿autorizo este esta operación?


5.- El Ministerio Publico ¿fue informado de los hechos?


Independientemente, de los resultados de esta acción legal, esperamos que las autoridades regionales y provinciales fijen posición frente a este claro abuso de poder. Los legisladores -que les entregan cada vez mas atribuciones y medios para reprimir- algunas vez debieran pensar en la indefinición de los ciudadanos y promover iniciativas que pongan limites al accionar policial y sancionen ejemplarmente las conductas abusivas; no es posible que hoy tengan más impunidad que en Dictadura.


Nelson Agustin Aramburu


SECRETARIO EJECUTIVO


CECT -V REGION Valparaíso, 08 de julio 2010

recuerda tus derechos al momento de ser detenido


Algunos Derechos de las Personas ante una detención son:
Derecho a ser considerado inocente mientras no se declare su culpabilidad en una sentencia firme.
Derecho a no ser perseguido más de una vez por el mismo hecho.
Derecho a ser asistido por un defensor de su confianza elegido por el imputado. Si no tiene recursos económicos, puede solicitar se le designe uno de la oficina de la Defensa Pública en forma gratuita. En caso de tener recursos económicos también puede solicitar defensor público pero se le podrá exigir el pago de los honorarios que correspondan. Este derecho de ser asistido se aplica para todo el proceso y en caso de no cumplirse el imputado puede exigir la presencia del defensor para consultarle.
Derecho a la confidencialidad de las comunicaciones con su abogado o abogados.
Derecho de abstenerse de hacer declaraciones sin que su silencio le perjudique. También tiene derecho a declarar cuando lo estime indispensable. Si acepta declarar tiene derecho que su defensor esté presente para que lo asesore. Considere que lo dicho va a ser tomado en consideración en su favor y aun en su contra. La policía no puede recibirle declaración al imputado sobre el hecho por el que se le persigue.
Derecho a no ser sometido a técnicas ni métodos que induzcan o alteren su libre voluntad o atenten contra su dignidad. A que no se use la fuerza, la amenaza, el engaño, la tortura, el agotamiento, drogas y ni otros medios para que confiese o tome una decisión.
Derecho a obtener toda la información necesaria sobre los hechos en su contra y las pruebas en que se basen.Si no comprende el idioma español, puede nombrar o exigir que le nombren un intérprete o traductor.
Derecho a proponer el nombramiento de un consultor técnico en una ciencia, arte o técnica para que lo asista, si se requieren conocimientos especiales para su defensa.
Derecho de asistir y participar en todos los actos del proceso y ser acompañado por su defensor, así como a formular peticiones y observaciones que considere oportunas.
Derecho a ofrecer pruebas y a solicitar la práctica de medios de prueba.
Derecho a ser juzgado por un juez imparcial debidamente nombrado para el cargo. No pueden nombrarse jueces especialmente para el caso.
Derecho a una decisión judicial definitiva en un plazo razonable.
Derecho a que las resoluciones judiciales expresen una fundamentación clara y precisa de la decisión.
Derecho a solicitar aclaraciones de la resolución sobre los aspectos oscuros, ambiguos y contradictorios o adiciones en caso de que algún punto quedara sin resolver.
Derecho a presentar recursos contra las resoluciones judiciales por los medios y en los casos expresamente establecidos.
EL IMPUTADO(A) PRESO(A) TIENE TAMBIÉN OTROS DERECHOS:
Derecho a conocer la causa o el motivo de su privación de libertad y el funcionario que la ordenó, y a que se le exhiba la orden emitida en su contra.
Derecho a tener una comunicación inmediata y efectiva con la persona, asociación, agrupación o entidad a la que desee comunicar su captura.
Derecho a que su custodio le transmita al tribunal peticiones y observaciones en forma pronta.
Derecho a que su custodio le facilite la comunicación con su defensor.
Derecho a entrevistarse privadamente con su defensor desde el inicio de su captura, aún ante la policía.
Derecho a ser presentado ante la autoridad judicial para ser informado y enterarse de los hechos que se le imputan.
Derecho a que no se utilicen en su contra medios que impidan su libre movimiento en el lugar y durante la realización de un acto procesal. Existen limitaciones de seguridad y necesidad.
Derecho a ser indemnizado si se le impuso indebidamente una prisión preventiva o una medida cautelar en forma arbitraria, o con culpa grave de la autoridad, o si luego es absuelto o sobreseído con plena demostración de inocencia

Obligaciones del Imputado.

Entre las obligaciones que se adquieren con la condición de imputado están las siguientes:
Deber de suministrar los datos que permitan su identificación personal y mostrar su documento de identidad.
Deber de indicar un domicilio cierto y señalar el lugar y forma para recibir notificaciones. Debe mantener actualizada esta información.
Deber de comparecer a las diligencias a las que se le llame, de no comparecer se le podrá declarar rebelde y ordenar su captura.
Deber de permanecer localizable, si se ausenta de su domicilio sin aviso y no se localiza se le podrá declarar rebelde y ordenar su captura.
-- Agrupación Solidaria de Ex Presos Políticos y Torturados de Magallanes
http://wwwagrupacionsolidariaexppmagallanes.blogspot.com/

viernes, 9 de julio de 2010

nueva denuncia de abuso y mal trato policial


Procedemos a difundir una carta de denuncia que llegó al periódico El Ciudadano. Dicha carta puede leer y comentarse desde su fuente original: http://www.elciudadano.cl/2010/06/29/nueva-agresion-abusiva-de-carabineros-de-la-tercera-comisaria-de-santiago/


Estimados amigos de El Ciudadano:
Mi nombre es Simón Andrés Palominos Mandiola, RUN 15.566.586-6. Soy sociólogo, titulado en la Universidad de Chile, y me dedico a temas de estudios culturales, gestión cultural y estratificación social; trabajo en la misma Universidad y en el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes. No tengo afiliación política; sin embargo, mis convicciones políticas son abiertamente de izquierda. Jamás me he visto envuelto en actividades ilícitas de ningún tipo; y a pesar de ser decididamente crítico del manejo político, social y económico de nuestro país, tengo un marcado sentimiento y afinidad. Nací en dictadura, en una familia de estrato socioeconómico medio-bajo, y a partir de mi formación y mis convicciones he comprometido mi vida a contribuir para hacer de Chile un país igualitario y democrático, con énfasis en los sectores no sólo vulnerables, sino efectivamente vulnerados de nuestra sociedad.

El día sábado 19 de junio de 2010 , alrededor de las 16:30 horas, salí junto a Valentina Terra Polanco de mi domicilio, ubicado en calle Andes N° 2168, comuna de Santiago, en dirección al supermercado ubicado en calle Ricardo Cumming esquina Compañía; un trayecto de cerca de diez minutos por las calles de mi barrio, en Santiago Centro.

Al regresar por la misma plaza observamos que un grupo de aproximadamente 6 carabineros agredía a un par de indigentes cerca de los vehículos policiales, aparentemente para llevarlos detenidos. Las personas estaban en deplorable estado de ebriedad y no oponían resistencia alguna a la acción policial; no obstante, eran agresiva y arrogantemente golpeados e insultados por los carabineros.

El abierto acto de violencia nos indignó, y mi reacción natural fue tomar mi celular y registrar el evento con la cámara digital incorporada, a una distancia de al menos 30 metros. Los carabineros, al percatarse de mi registro, agresivamente se abalanzaron sobre mí. Un carabinero me gritó “y tú que creí que estai haciendo?”, solo atiné a responder “un acto ciudadano”. Sin ninguna otra palabra de su parte o de la mía (ya que, fuera de insultarme, no me pidieron identificación ni nada que respondiese a un procedimiento regular) me redujeron, golpearon, quitaron el celular, esposaron, y arrastraron hasta el vehículo policial. Pude observar por la ventana que un carabinero (que logré identificar por sus distintivos como el Subteniente Hormazábal) manipulaba insistentemente mi celular; imagino que con la intención de deshacerse de la evidencia registrada en él.


Luego de aproximadamente 40 minutos, fui llevado a la Tercera Comisaría de Santiago. Fui encerrado, aún esposado, con los detenidos ya mencionados. Luego de aproximadamente media hora se me retiraron las esposas, y el carabinero que me agredió procedió a informarme de manera poco clara las acusaciones en mi contra: el supuesto “delito” (como se me indicó) de fotografiar en la vía pública a carabineros, oponerme a identificarme y obstrucción a la acción policial. Fue mi oportunidad de identificar claramente al agresor quien me golpeó durante la detención; se trata de un conocido de El Ciudadano: el Cabo Primero Bustamante.

Continuando con los insultos, el Cabo Primero se dio el lujo de intentar articular un discurso en contra de los grupos de izquierda, me aclaró explícitamente que tenía un problema personal conmigo, y finalmente dijo que si yo continuaba tomando fotos, mi madre y mi hermana pagarían las consecuencias. Esta última frase me dejó helado, pues la entiendo claramente como una amenaza: el Cabo Bustamante, supuestamente encargado de proteger la seguridad mía, de mis seres queridos, y de la ciudadanía en general, que maneja información privilegiada sobre mi domicilio y el de mi familia, y que además tiene un acceso “legítimo” a ejercer fuerza física; sobre la base de un acto determinado (el filmar un acto de violencia excesiva) es capaz no sólo de detenerme de manera irregular y de levantar falsos cargos en mi contra (rehusarme a dar mi identificación y obstruir la acción policial; algo bastante difícil encontrándome a más de 30 metros de
distancia) sino que además me amedrenta poniendo en juego el bienestar de las personas que amo.

Seguí detenido hasta casi las 23:00 horas, momento en que se me devolvió el dinero que llevaba, mis anteojos ópticos (que me fueron requisados), mis cordones y mi manojo de llaves. Mi celular, en tanto, fue retenido, informándoseme que sería enviado a Fiscalía.

Al leer la relación de los hechos que figura en mi causa, pude ver que los eventos consignados son –en lo que respecta a mi participación- absolutamente ficticios. Se indica falsamente que fui detenido en la intersección de las calles Santo Domingo con Rafael Sotomayor, en plena Plaza Yungay. Como ya he dicho, fui detenido en la Plaza Panamá, específicamente en la esquina de las calles Delfina con Martínez de Rozas, apenas a dos cuadras de mi domicilio. Es absurdo que, viniendo del supermercado, me desviase tantas cuadras para obstruir la acción policial, pues la distancia entre un lugar y el otro supera las 10 cuadras. Asimismo, se argumenta que –a pesar de lo dicho durante mi detención- se me capturó por no identificarme, cosa que es falsa, como seguramente se encuentra registrado en la grabación de mi teléfono.

Al momento de ocurridos los hechos desconocía que el grabar a Carabineros cometiendo un acto de violencia fuese algo ilegal; sin embargo, de haberlo sabido, de todas maneras hubiese levantado un reclamo formal y seguido las acciones legales correspondientes por los canales establecidos. Reconozco, por tanto, que grabé intencionalmente la agresión de Carabineros. No obstante, toda la cadena de eventos por los que se me imputa posteriormente es absolutamente falsa. Asimismo, si bien no es mi rol juzgar la inocencia de los indigentes, eso no exculpa a los efectivos policiales por los actos de violencia cometidos contra ellos y especialmente contra mi persona.

Manifiesto desde ya mi decisión de comunicar a medios de prensa lo sucedido, y participar activamente en acciones judiciales destinadas a: 1) restablecer mis derechos fundamentales, 2) sancionar las acciones irregulares del equipo liderado por el Subteniente Hormazábal (a quien entiendo como el oficial a cargo de los actos de violencia y de mi detención), y 3) a denunciar ante la justicia las agresiones y amenazas cometidas por el Cabo Primero Bustamante contra mi persona y mis familiares.

Espero me ayuden a difundir el hecho, y les cuento que pueden contar conmigo para lo que requieran.
Saludos fraternos
Simón Palominos

Llamado de la Organización Mundial Contra la Tortura por el caso de Franco Coronado


Caso CHL 090710
Presunta ejecución extrajudicial/ Alegaciones de malos tratos / Excesivo uso de la fuerza policial/ Temor de impunidad
El Secretariado Internacional de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) solicita su intervención MUY URGENTE respecto a la siguiente situación en Chile.
Descripción de la situación
El Secretariado Internacional de la OMCT ha recibido con grave preocupación informaciones de fuentes fidedignas, y de Antenna Internacional, organización miembro de la red SOS-Tortura de la OMCT, sobre la muerte del Sr. Franco Coronado Cárdenas, de 19 años de edad, ocurrida en el interior de un vehículo tipo furgón bajo la responsabilidad de Carabineros1, en la localidad de Cabrero en la Región del Biobío, y por el hecho que la investigación de las circunstancias del caso esté siendo llevada a cabo por la Justicia Militar.
De acuerdo con las informaciones, el 26 de junio de 2010, el Sr. Franco Coronado Cárdenas, murió a bordo de una patrullera luego de ser detenido por Carabineros en medio de un confuso incidente ocurrido en la mencionada comuna de Cabrero. El Sr. Franco Coronado Cárdenas había sido detenido cuando se encontraba junto con algunos amigos, con su hermano el Sr. Piero Coronado, y con su novia la Srta. Yessenia Guerrero, participando de una fiesta costumbrista. Según las mismas informaciones todo iba bien durante la fiesta pero la propietaria del local llamó a Carabineros debido a que el grupo mencionado estaba haciendo mucho desorden. El Sr. Franco Coronado Cárdenas, junto con su hermano y su novia, fueron golpeados por carabineros con los bastones de madera (lumas), arrestados temporalmente y subidos a un furgón policial.
Según las denuncias de sus familiares, antes de ser subido al furgón el Sr. Franco Coronado Cárdenas fue esposado y, en un patio, fue golpeado con los bastones y con patadas en particular en la cabeza y en los pies. Un carabinero habría puesto la rodilla primero en la espalda de la víctima y luego de voltearle el cuerpo le habría mantenido la rodilla contra la garganta haciendo presión con el cuerpo. Según las mismas denuncias cuando el carabinero soltó al Sr. Franco Coronado Cárdenas, la cabeza de la víctima se le “cayó” para un lado. Posteriormente, lo lanzaron violentamente dentro del furgón supuestamente con el fin de llevarlo hasta una comisaría. Sin embargo, su hermano al verlo en muy mal estado el hermano le practicó la respiración boca a boca sin lograr reanimarlo. Luego, en la Subcomisaría de Cabrero, el Sr. Franco Coronado Cárdenas fue bajado del vehículo, ya muerto, en presencia de su hermano y de su novia. Se ha denunciado que en ningún momento se le proporcionó atención médica al Sr. Franco Coronado Cárdenas.
Se ha informado que el caso está siendo indagado por el fiscal militar Carlos Pinto Aparicio quien recibió el informe del Servicio Médico Legal en donde aparece, según las denuncias, que la causa de la muerte del Sr. Franco Coronado Cárdenas sería un traumatismo craneoencefálico complicado, golpe con o contra objeto contundente. Las mismas informaciones agregan que la institución de los Carabineros abrió un sumario interno para indagar de forma paralela lo ocurrido y que según el General Eliécer Solar, Jefe de Carabineros de la Zona de Concepción, los implicados en el caso serían cuatro miembros de la institución quienes por el momento han sido relegados de sus funciones operativas a labores administrativas.
Según las mismas informaciones, aunque la familia presentó la correspondiente denuncia ante el tribunal de Concepción, el caso pasó a la Justicia Militar. A este respecto, como ya lo había denunciado anteriormente la OMCT en relación con el caso del Sr. Daniel David Riquelme Ruíz2, el hecho que la investigación de las circunstancias de la muerte del Sr. Franco Coronado Cárdenas sea llevada a cabo por la Justicia Militar contradice los principios del Relator Especial Enmanuel Decaux, miembro de la Subcomisión de Derechos Humanos de la ONU, encargado de realizar un estudio detallado sobre la aplicación universal de los tratados internacionales de derechos humanos, quien afirmó que: “Los tribunales militares no deben juzgar civiles y no son competentes para ocuparse de violaciones de los derechos humanos, y en tiempo de paz no deberían funcionar3.
La OMCT recuerda además que por su parte el Relator Especial sobre independencia de jueces y abogados, Sr. Leandro Despouy, en su informe oral al 61º período de sesiones de la Asamblea General de Naciones Unidas, instó a los Estados a adecuar sus ordenamientos jurídicos de conformidad con el “principio de funcionalidad”, de manera tal que la jurisdicción militar se limite exclusivamente al conocimiento de delitos de naturaleza estrictamente militar (…) quedando absolutamente excluidos de la jurisdicción militar: (…) el juzgamiento de militares que cometieron graves violaciones a los derechos humanos.(…)4.
El Secretariado Internacional de la OMCT manifiesta que según el Artículo 6.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos: “(…) Nadie podrá ser privado de la vida arbitrariamente” y recuerda que Chile es Estado parte de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, los cuales prohíben la tortura y los tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Además, la OMCT recuerda a las autoridades chilenas su obligación de cumplir con los Principios básicos sobre el empleo de la fuerza (…) por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, y con el Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley.
En línea con sus obligaciones y conforme a estos tratados, las autoridades competentes chilenas están obligadas a considerar seriamente cualquier alegación de tortura y otras formas de malos tratos, y a emprender una investigación rápida, eficaz, exhaustiva, independiente e imparcial, acerca de las circunstancias de la muerte del Sr. Franco Coronado Cárdenas así como de las circunstancias de la detención de las dos personas que fueron detenidas junto a él, el Sr. Piero Coronado y la Srta. Yessenia Guerrero, investigación cuyo resultado debe hacerse público, con el fin de identificar a todos los responsables, conducirlos ante un tribunal independiente, competente e imparcial y aplicarles las sanciones penales, civiles y/o administrativas previstas por la ley.
Acción solicitada
Favor escribir a las autoridades de Chile con el fin de solicitarles:
i. tomar de manera urgente las medidas más adecuadas para garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica del Sr. Piero Coronado y la Srta. Yessenia Guerrero, las dos personas que fueron detenidas junto con el Sr. Franco Coronado Cárdenas y de los demás testigos de los hechos aquí denunciados, así como de los miembros de sus respectivas familias;
ii. llevar a cabo una investigación inmediata, rápida, independiente, exhaustiva, efectiva e imparcial en torno a todos los hechos arriba denunciados, en particular a las circunstancias de la muerte del Sr. Franco Coronado Cárdenas, y a las alegaciones de malos tratos y de uso excesivo de la fuerza en contra del mismo, del Sr. Piero Coronado y de la Srta. Yessenia Guerrero, investigación cuyos resultados se hagan públicos, con el fin de identificar a los responsables, llevarlos ante un tribunal independiente, competente, justo e imparcial y aplicarles las sanciones penales y/o administrativas previstas por la ley;
iii. asegurar que el caso de la muerte del Sr. Franco Coronado Cárdenas y de las alegaciones de malos tratos infligidos por carabineros contra él y contra los Sres. Piero Coronado y Yessenia Guerrero sea examinado por la justicia ordinaria y no solamente por la justicia militar;
iv. asegurar que se le garantice a la familia del Sr. Franco Coronado Cárdenas y a los Sres. Piero Coronado y Yessenia Guerrero un recurso efectivo, incluido el derecho a una completa reparación con una compensación y una rehabilitación;
v. de manera general, garantizar el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el país, de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos ratificada por Chile.
Direcciones
· Sr. Sebastián Piñera Echenique, Presidente de la República, Palacio de la Moneda, Santiago, Chile. Fax: + 562 690 49 58, E-mail: opinión@presidencia.ch ; Internet@presidencia.cl ; mhansen@presidencia.cl ;
· Señor Embajador Carlos Portales Cifuentes, Misión Permanente de Chile ante las Naciones Unidas en Ginebra, 58, Rue de Moillebeau (4º piso), CH-1209, Ginebra, FAX: + 4122 734 52 97 E-mail: misginchile@minrel.gov.cl ; misionchile@misginchile.org ;
· Sr. Cristián Larroulet Vignau, Ministro Secretaría General de la Presidencia, Palacio de La Moneda, 1160 Entrepiso, Santiago, Chile, Fax: + 562 69 04 329,
· Sr. Felipe Bulnes Serrano, Ministro de Justicia, Morandé 107, Santiago Casilla 21, Santiago, Chile, Fax: + 562 698 70 98, E-mail: minju@reuna.cl ; minju@minjusticia.cl ; rmadrid@minjusticia.cl ;
· Sr. Sergio Ojeda, Comisión de DDHH, Nacionalidad y Ciudadanía de la Cámara de Diputados, TEL.: + 56 32 250 5961 E-mail: sojeda@congreso.cl ; ddhhcam@congreso.cl
· Sr. Alfredo Moreno Charme, Ministro de Relaciones Exteriores, Teatinos 180, Santiago, Chile., Santiago, Chile, Dirección de Derechos Humanos, Email: aguerra@minrel.gov.cl
· Sr. Hugo Gutiérrez Gálvez, Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía de la Cámara de Diputados, E-mail: hgutierrez@congreso.cl
· Senador Sr. Andrés Chadwick Piñera, Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía del Senado, E-mail: ddhhsen@senado.cl
Favor escribir también a las Representaciones Diplomáticas de Chile en sus respectivos países.
Ginebra, 9 de julio de 2010
Agradeceremos que nos informen de toda acción emprendida, indicando el código del presente llamado en su respuesta.



1 Se conoce como Carabineros al cuerpo policial uniformado de Chile.
2 El 10 de marzo de 2010, el Sr. Daniel David Riquelme Ruiz, con domicilio en Hualpén, resulto muerto luego de ser golpeado violentamente, según las denuncias, por miembros de una patrulla naval de infantería de la Armada de Chile. En esa ocasión aunque el Ministerio Público inició una investigación por presunto homicidio al mando del fiscal jefe de Talcahuano, Sr. Andrés Cruz, el mencionado fiscal habría manifestado que de comprobarse la participación de los uniformados en el caso, será la justicia militar la que deberá hacerse cargo. Ver Llamado Urgente de la OMCT: CHL 230310, emitido el 23 de marzo de 2010.
3 En las Conclusiones y Recomendaciones del Informe del Relator Decaux se afirma: “(…) en la actualidad se tiende a la “desmilitarización” progresiva de la administración de la justicia por los tribunales militares mediante un doble proceso de limitación de sus competencias y de fortalecimiento de las garantías de un juicio justo, con el fin de convertirlos en “parte integrante del sistema judicial general”.
72. Este proceso se caracteriza especialmente por (…): a) Limitación de la competencia de los tribunales militares al personal militar y asimilado e, inversamente, incompetencia de estos tribunales para enjuiciar a civiles; (…) c) Supresión de los tribunales militares de tiempo de paz, acompañada de la atribución de sus competencias a las jurisdicciones de derecho común o, de manera residual, a tribunales disciplinarios;
(…) h) Limitación cada vez más frecuente del enjuiciamiento por parte de los tribunales militares de los miembros de las fuerzas armadas a quienes se imputan violaciones graves de los derechos humanos, especialmente cuando dichas violaciones constituyen delitos graves según el derecho internacional; (…) Ver: E/CN.4/Sub.2/2003/4,
ver también: A/HRC/Sub.1/58/5* , de 28 de julio de 2006, en:
4 Ver Informe Oral presentado por el Relator Especial sobre independencia de jueces y abogados, Sr. Leandro Despouy, al 61º período de sesiones de la Asamblea General de Naciones Unidas, en :
http://www2.ohchr.org/english/bodies/chr/special/docs/IJL-AG2006.doc

jueves, 1 de julio de 2010

Francisco Coronado Cárdenas falleció luego de ser detenido por "desórdenes y ebriedad", según informaron los MALDITOS PACOS ASESINOS


Martes 29 de Junio de 2010 11:45
SANTIAGO.- La Fiscalía Militar investiga la muerte de un joven de 19 años en un furgón policial la noche del sábado, luego de que fuera detenido por "desórdenes y ebriedad", según informó el mayor de Carabineros, Ricardo Navarrete. Francisco Coronado Cárdenas fue detenido junto a su hermano y a su pareja la noche del sábado en un recinto deportivo de Cabrero (500 km al sur de Santiago) donde se celebraba una feria campesina.Según relató Navarrete, los detenidos fueron trasladados del recinto deportivo al cuartel de la localidad en un furgón policial, y cuando abrieron las puertas del vehículo, Coronado "no reaccionaba"."Se le prestaron los primeros auxilios y se solicitó una ambulancia", aseguró Navarrete, pero el joven ya no respondió.El hermano del fallecido, Piero Coronado, aseguró a medios locales que seis carabineros "lo sacaron de la silla, lo esposaron, y le pegaron con las lumas (bastones)". Mientras, su madre, Sandra Cárdenas, afirmó: "Los tiraron dentro del furgón, como animales, y mi hijo llegó a la comisaría sin signos vitales".La Fiscalía Militar solicitó a la Policía de Investigaciones que hiciera los peritajes pertinentes, y se inició un sumario interno paralelo instruido por Carabineros.Por su parte, el fiscal de la zona, Carlos Pinto, informó de la muerte de una persona "en un procedimiento policial", y explicó que están a la espera del resultado de la autopsia realizada por el Servicio Médico Legal.Navarrete aseguró que cuatro efectivos se encontraban la noche del sábado en el recinto deportivo, dos de los cuales participaron en la detención de Coronado. Estos dos policías prestan declaración en estos momentos sin haber sido suspendidos.
EDUARDO SANCHEZ B
CHILE