"¿Lo peor? Que nos hagan trabajar peor
que a la Cenicienta antes de la llegada de ningún príncipe y sin horario. Que nos miren casi
como a bestias y nos paguen lo que les da la gana.”
“Ave
del mar, espuma migratoria, / ala del Sur, del Norte, ala de ola, / racimo
desplegado por el vuelo, / multiplicado corazón hambriento / (…) y a
contraviento y contramar, la vida.”
Pablo
Neruda
Visiblemente agotada luego de
trabajar 20 horas continuadas para obtener medio día libre para sus trámites
sindicales, la Presidenta del Sindicato Nacional Interempresa de
Trabajadoras/es Inmigrantes de Casa Particular (Sinaincap, https://www.facebook.com/ groups/139480892851864/),
Rosa Flores, se sienta sobre una silla azul de la junta de vecinos Nº 15 de la
comuna de Independencia de Santiago de Chile. Rosa es de origen peruano, de la
provincia de Barranca, distrito Supe Puerto y reside en la capital chilena
desde hace 5 años. Es madre y padre de 6 hijos, 4 de los cuales permanecen en
su país, donde ella se desempeñó como obrera calificada y profesional de la
costura antes de migrar.
La dirigenta sindical informa
que la organización que lidera lleva dos años de vida, cuenta con un centenar
de socias, y recibe el apoyo tanto de voluntarios independientes, como del
Fondo Alquimia. Su sede se encuentra en la calle Barnechea Nº 320, también
situada en la comuna de Independencia (zona norte de Santiago, a metros de la
corriente del río Mapocho).
Rosa Flores dice que el
salario promedio de las trabajadoras migrantes de casa particular es de
alrededor de $250 mil pesos mensuales (USD420), con contrato laboral o sin él, de
los cuales, al menos ella, remesa de $150 a $200 mil pesos al Perú.
Trabajadora empobrecida,
mujer, madre sola y migrante es la confabulación matemática de todas las
maldiciones bajo las relaciones sociales de clase, patriarcado, y de poder
capitalistas.
-¿Cuáles
son las formas de explotación y discriminación más brutales que sufren?
“Que nos hagan trabajar peor
que a la Cenicienta antes de la llegada de ningún príncipe y sin horario. Que nos miren casi
como a bestias, que nos paguen lo que les da la gana. Que, resultado de la
presión y la sobreexplotación laboral, muchas padezcan cuadros depresivos y
deterioro de su salud mental.”
Rosa dice que trabaja
normalmente desde las 6 de la mañana hasta las 11 de la noche, sin descanso, y
añade que “muchas compañeras son víctimas de acoso sexual. Tenemos los
testimonios que lo acreditan, como también indican que sobretodo le ocurre a
las migrantes. Las agresiones, la violencia y los malos tratos de los
empleadores/as, lamentablemente, no son extraños. Y, por supuesto, nuestros
jefes/as no logran advertir nuestra tristeza salida de la distancia que nos
separa de nuestros seres más queridos. Hay indolencia.”
-La
reunión que tienen hoy es para conocer los verdaderos efectos de la reciente
ley aprobada para trabajadoras de casa particular y, en especial, de las
consecuencias para las mujeres migrantes que laboran en el área. ¿Para qué
sirve el sindicato, además?
“Ya es valioso tener un
espacio para reunirnos y solidarizarnos. Un lugar de humanidad. La condición de
migrante es muy dura. La mayoría que llega -sea peruana, boliviana, haitiana,
nicaragüense, colombiana, e incluso chilenas que provienen del interior del
país-, no tiene idea de cómo defenderse frente a los atropellos. El sindicato
cumple la función de colectivo que informa sobre nuestros derechos y sus
procedimientos legales. Los domingos realizamos actividades desde la mañana.
Hay talleres de computación e Internet, de danza, de inglés, de francés,
comunicación, xilografía, de organización. Nuestra agrupación es un abrazo.”
La Presidenta del sindicato
aclara que no todos los empleadores tienen un mal comportamiento y respecto del
vínculo con otras organizaciones de trabajadores/as, “hemos participado en
diversos encuentros sindicales. Si bien existen buenas relaciones, también
hemos observado la falta de compañerismo con los migrantes. Se sufre un nivel
de discriminación y corporativismo “chileno” desde nuestros propios pares como
asalariados/as. Y varios de esos mismos trabajadores/as, los mejor pagados,
tienen una “nana” migrante criando a sus hijos/as. Cuando los chicos son
adoptados, la situación es más grave. Nosotras hasta dormimos con los pequeños/as.”
En el sindicato conviven
mujeres profesionales de la salud, la confección, cosmetólogas. Casi todas
tienen terciaria y todas, primaria y secundaria escolar completa, pese a que
por las dificultades del visado, muchas deben cursar nuevamente sus estudios
para validar lo que ya saben.
“Con
la nueva ley, el empleador tiene todas las de ganar”
El abogado Patricio Rojas (rojasmesina@gmail.com)
es uno de los colaboradores centrales de la organización. Se desenvuelve en la
Clínica Jurídica de la Universidad Diego Portales, en el Programa Refugio
ligado al derecho migratorio. Aquí se refiere la nueva ley sobre el sector
–compuesta por tres legislaciones que modifican el actual Código Laboral- que
ya fue aprobada y que entrará en vigencia en dos tramos: en enero y luego en
noviembre de 2015.
Rojas precisa que la ley “hace
una distinción entre las trabajadoras de casa particular puertas adentro y
puertas afuera. En materia de jornada laboral, la jurisdicción no realiza
ningún cambio para las trabajadoras puertas adentro, por tanto no existe ningún
avance en ese aspecto. Sólo establece un mínimo de descanso de 12 horas para
las asalariadas contratadas, y que el domingo es un día libre que puede
dividirse en dos medios días libres: la mitad del domingo y la mitad de otro
día de la semana. Todo ello sujeto a un acuerdo entre las partes, entre
empleador y trabajadora.”
-Siempre
y cuando exista un contrato…
“La nueva ley establece que
debe existir un contrato de trabajo escrito, el cual debe ser inscrito en la
Inspección del Trabajo con las cláusulas que señala el Departamento de
Extranjería e Inmigración. Por eso para las trabajadoras migrantes, el
contrato, además, tiene que ser notariado.”
El abogado indica que la ley
registra las funciones específicas de las trabajadoras (lavado, aseo, cuidado
de niños, etc.), “y en el caso de que se trate de una labor especial, como la
atención de adultos mayores o de alguna persona discapacitada, ello también
debe estar contemplado en el contrato. Por otro lado, es preciso que ahora las
tareas especiales deban explicitar la dirección (ubicación puntual) donde se
efectúan. Y sobre la ropa de trabajo, la ley dice que ella sólo puede usarse
dentro de la casa, en el ámbito privado. O sea, el empleador no puede obligar a
la trabajadora, por ejemplo, a ir a la playa –o a cualquier espacio público- a
cuidar chicos vestida de “nana”.”
-¿La
nueva ley es un beneficio real?
“Es complejo. El convenio 189
de la OIT, suscrito por Chile, afirma que debe haber igualdad para las
trabajadoras de casa particular, que han sido por largas décadas las más
vulnerables. No obstante, pese a ser aprobadas ambas legislaciones, la nueva
ley sancionada no dice nada de la
jornada de trabajo de las trabajadoras de casa particular puertas adentro.”
Patricio Rojas manifiesta que
hay dos elementos de la ley que “parecen
avances, pero que no lo son. Para las trabajadoras de casa particular
puertas afuera se iguala el horario de trabajo respecto del conjunto de los
empleados que en Chile es de 45 horas semanales. Empero, la ley agrega 15 horas
de labor que no son tomadas como extraordinarias, sino que como “adicionales” y
negociables con el empleador. Sin embargo, y muy claramente, en una relación
laboral hay una subordinación entre dos orillas, donde el empleador tiene la fuerza. Es decir, se podría llegar a
las 60 horas de trabajo sin necesidad de acuerdo entre las partes debido a que,
de no haberlo, la trabajadora puede ser despedida.”
-¿Y
la fiscalización?
“La ley expresa que la
fiscalización se realizará a través de los funcionarios de la Inspección del
Trabajo, haciendo visitas a domicilio, siempre y cuando las trabajadoras
realicen una denuncia. Y aquí está el grave problema. Para ser fiscalizado, el
empleador tiene la opción de dejar ingresar al inspector a su domicilio, y si
no quiere, puede solicitar una hora y día para ir él mismo a la Inspección del
Trabajo. En buenas cuentas, la
fiscalización no es real.”
-En
general, y considerando que desde el Estado hasta el sector privado, la
tercerización, el subcontrato, el trabajo informal van convirtiéndose diariamente
y desde hace mucho tiempo, en la forma dominante del empleo, ¿para qué sirve
esta ley?
“Yo me hago eco de las
palabras del prestigiado abogado laboralista José Luis Ugarte, en términos de
que esta ley no reporta ningún beneficio real y que, en consecuencia, nada hay
que celebrar al respecto. Con esta legislación el empleador tiene todas las de
ganar y todas la posibilidades para incumplirla.”
Andrés Figueroa Cornejo





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