HECTOR LLAITUL: A 52 DIAS DE HUELGA DE HAMBRE ESCRIBE
Los Tribunales chilenos y los Mapuche
Una condena de 20 y 25 años de cárcel a los dirigentes Mapuche de la COORDINADORA ARAUCO MALLECO por un supuesto ataque a un fiscal, no se condice, con la condena de 3 años de pena remitida (firmando) que les dieron a los carabineros que asesinaron por la espalda a comuneros Mapuche que dignamente participaban en recuperación de tierras.
Frente a esta odiosa comparación, surgen muchas interrogantes, siendo tal vez la más importante la siguiente ¿por qué ocurre esto en Chile? La respuesta hay que buscarla analizando distintas aristas de este conflicto, la cual es un desafío para nosotros, como para todos aquellos que están involucrados en la defensa de los derechos fundamentales de las personas y de los pueblos. De alguna manera con la huelga de hambre y las movilizaciones en torno a ella, hemos tenido la oportunidad de aportar con algunos antecedentes desde nuestra posición y perspectiva.
En esta ocasión, trataremos esta situación, analizando los hechos de forma cruda para apelar a la lógica, graficando así el estado de injusticia que vivimos actualmente aquellos que luchamos por los derechos territoriales y políticos de nuestro pueblo Nación Mapuche.
Lo primero que volvemos a destacar es que esta condena de un cuarto de siglo se da en el marco de la persecución política que existe en contra del movimiento Mapuche autónomo, principalmente en contra de la CAM (Coordinadora de comunidades en conflicto de las provincias de Arauco y Malleco), en este sentido consideramos que es una aberración mas en contra de nuestro pueblo y sus demandas, si se toma en cuenta lo siguiente:
Primero, el tribunal que condeno (2 jueces contra 1) no fue un tribunal independiente, imparcial y competente para ver causas Mapuche, al contrario, los jueces durante todo el proceso demostraron no solo el desconocimiento de la realidad social y cultural del pueblo mapuche, sino que manifestaron prejuicio y una actitud racista frente a los comuneros y a su defensa. Por lo mismo, el tribunal que condeno lo hizo sin tener pruebas, ni la más básica siquiera; fue una condena en base a un cuestionado testigo sin rostro y un testimonio de un policía que en el tribunal declaro como testigo de oída sobre otra declaración obtenida bajo tortura y otras faltas a las garantías constitucionales. De hecho, en la lectura de la sentencia, los jueces no quisieron expresar públicamente por qué condenaron, más allá de no tener pruebas, no presentaron coherentemente cómo fueron los hechos, ni menos cuál fue la participación de cada uno de los sentenciados, quienes hasta el final del proceso, negamos participación.
Sobre este mismo hecho fuimos procesados en la justicia militar, y con los mismos antecedentes la fiscalía militar de Concepción y la corte marcial de Valdivia nos absolvieron, resolución que estimo con fuerza que el testimonio del testigo sin rostro no era creíble e insuficiente para condenar. Es por lo anterior que afirmamos categóricamente, que si hubiese actuado un tribunal normal no habría condena, razón por la cual protestamos con esta huelga de hambre liquida, más allá de analizar los aspectos jurídicos propiamente tales que dan cuenta de innumerables irregularidades del juicio, cuestiones que quedan en materia de los especialistas.
Para analizar lo injusto de esta condena diremos solo algunos aspectos que en simple lógica se expresan por sí solos. Por ejemplo, se condenó por homicidio frustrado al fiscal, en circunstancias que éste no resulto con lesiones siquiera, y se condenó por lesiones leves de los otros funcionarios policiales. En la sentencia se dice que no se sabía que venía un fiscal en la caravana, solo carabineros, y sin embargo se “supone” su presencia, situación irregular y grave, ya que, se utilizó el mismo elemento tres veces para condenar: que se sabía que venía carabineros, pero se condeno por homicidio y lesiones a un fiscal y detectives, y para el caso de carabineros se absolvió, entonces la pregunta es ¿y la emboscada? ¿y la preparación o plan para atentar? ¿y la guerrilla Mapuche? ¿y los vínculos con las FARC?, etc. De hecho, en la misma sentencia no se mencionó nada de esto, no es considerado, ni se acoge porque no se puede probar nada y sin embargo se condena.
Cuando decimos que no se puede probar los hechos con coherencia, es porque el ministerio publico fallo en su afán de imponer un montaje burdo, desproporcionado y carente de toda lógica. Durante el juicio hubo mucha acusación infundada y nada sugerente siquiera, no se exhibió siquiera un arma, ni algún otro elemento que se relacione con la preparación y/o consumación de un ataque, ni un llamado telefónico interceptado, nada.
Una condena producto de un juicio irregular, injusto y viciado como hemos venido denunciando, en donde no tuvimos un debido proceso, con infracción a las mínimas garantías, ya que, se utilizó la ley antiterrorista durante todo el proceso, en el juicio mismo y avalando a un testigo sin rostro para afirmar un veredicto, que por lo mismo, carece de coherencia.
“Ahora, si comparamos esta situación de condena arbitraria e injusta con los casos de asesinato de nuestros hermanos Mapuche a manos de agentes del estado chileno, la realidad nos llena de indignación”.
En el caso de Alex Lemun, comunero asesinado de un disparo en la cabeza, no existe ninguna condena a pesar de que hay al menos un carabinero identificado, el cual ni siquiera ha sido procesado, es más, estos carabineros fueron reubicados y uno fue ascendido en la institución. En el caso de Matías Catrileo, al principio hubieron muchas dudas, las que de a poco fueron despejadas, y las investigaciones arrojaron categóricamente que fue asesinado por la espalda por un carabinero, quien disparo a mansalva a comuneros cuando éstos se retiraban de la ocupación de un predio, lo que demostró la cobarde actuación del policía, más aun, si se considera el hecho de que éste actuó bajo órdenes de un superior, como quedo demostrado con la interceptación de llamadas radiales que así lo probaron. El carabinero fue declarado culpable y ante la contundencia de las pruebas éste confesó, sin embargo, su sentencia nos resulto irrisoria, ya que solo debe firmar en libertad durante 3 años. Esta misma situación se puede observar para el caso del asesino de nuestro hermano Jaime Mendoza Collio, quien también fue asesinado por la espalda por un funcionario policial, agravando el hecho que se pretendió encubrir el crimen con un burdo montaje, en el que se involucraron otros funcionarios policiales. Sin embargo, debido a la presión de las comunidades y de organizaciones de Derechos Humanos, se investigó el hecho quedando sentado que el comunero fue asesinado en forma cruel y cobarde por un funcionario del Gope de Carabineros, cuestión que fue probada científicamente y sin apelación, pero, como ya es una constante en este tipo de casos, el carabinero sólo fue sentenciado a una condena firmando. Hoy está libre y actúa en su institución.
Son las contradicciones de un conflicto entre el estado y los Mapuche, entre los poderosos y nuestro pueblo, lo que deja en evidencia la injusticia que debemos enfrentar con dignidad y estoicismo, pero sin rendirnos y sin transar en la lucha por nuestras justas demandas territoriales y políticas.
Pero la desigualdad frente a la “ley” no es solo en estas luchas, sino, en todos los aspectos de nuestra realidad; demás está decir en las injusticias en materia social y económica, con la explotación de nuestros territorios ancestrales y la permanente opresión que sufrimos como Pueblo Nación.
Hoy, en el marco de la persecución política y la criminalización de la demanda Mapuche, ésta condena resulta simbólica, puesto que constituye una muestra más de lo que es la posición del estado chileno y sus instituciones con los Mapuche, sobre todo de aquellos que asumimos con dignidad la justa lucha de nuestro pueblo y debemos enfrentar la justicia Mapuche ante los tribunales presionados por el poder político y económico de este país. Considerando además, que ésta condena se dé en un contexto socio político desfavorable para nuestro pueblo, ya que, el gobierno salvaguarda los intereses de los grandes grupos económicos y los interés de las trasnacionales que se confrontan directamente con las comunidades Mapuche, lo que profundiza el estado de injusticia hacia nuestro pueblo. Así entendemos la actuación del Tribunal de Cañete, específicamente de los 2 jueces que condenaron, quienes actuaron presionados no sólo por el Ministerio Publico, sino, por los grupos de poder local que tienen intereses económicos en las zonas en conflicto, y ven con beneplácito el actuar represivo del estado y sus instituciones, lo cual es a su vez una fuerte señal, para nuestro pueblo y para todos aquellos que luchan por los oprimidos, a estar alerta y pronunciarse frente a las injusticias.
Por nuestra parte, reafirmamos nuestra posición de estar de lado de nuestro pueblo y su digna lucha. Jamás abandonaremos los ideales y principios que inspiran nuestra militancia Mapuche en defensa de nuestra cultura, identidad y por la reconstrucción de la Nación Mapuche.
Por territorio y Autonomía
Weuwain Marrichiweu
HECTOR LLAITUL CARRILLANCA
CAM
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