El ministro en visita
extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la
Corte de Apelaciones de Santiago, Alejandro Madrid, dictó auto de
procesamiento en contra del ex alcaide de la Cárcel Pública de Santiago,
Ronald Carlos Nemesio Bennett Ramírez, en calidad de autor de los
homicidios calificados de los reos comunes Víctor Hugo Corvalán Castillo
y Héctor Walter Pacheco Díaz, y de los homicidios frustrados de los
presos políticos Guillermo Rodríguez Morales, Ricardo Antonio Aguilera
Morales, Elizardo Enrique Aguilera Morales, Adalberto Muñoz Jara y del
reo común Rafael Enrique Garrido Ceballos, internos del penal que fueron
envenenados con toxina botulínica, en 1981.
sábado, 30 de mayo de 2015
Procesado Ex Alcaide de la Cárcel Pública de Santiago por envenenamiento de reos en dictadura
12:45 a.m.
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El hecho criminal se origina el 7
de diciembre de 1981 cuando los organismos represivos de la dictadura
realizan el intento de asesinato de Guillermo Rodríguez Morales, el jefe
nacional de las Milicias de Resistencia Popular, militante del
Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), quien había sido detenido
en agosto de 1981 y se encontraba cumpliendo condena en la ex Cárcel
Pública de Santiago. La detención de Rodríguez Morales fue realizada por
la policía de Investigaciones con inusitada publicidad debido, por un
lado, a la repercusión política que tenía la captura del jefe miliciano
y, por otro lado, a que en uno de los operativos de captura emprendidos
por la PDI, el día 16 de agosto, resultó asesinada la militante del MIR y
jefa miliciana Arcadia Patricia Flores Pérez, en la comuna de Quinta
Normal; este último hecho fue presentado como enfrentamiento como parte
del acostumbrado show mediático que montaban los órganos represivos y
comunicacionales del régimen.
No conformes con el “manejo”
represivo que Investigaciones había hecho de la detección del jefe
miliciano (detenerlo en lugar de asesinarlo), y tampoco conformes con la
condena que había recibido en el proceso judicial (no fue condenado a
muerte como quería la fiscalía), los jerarcas de la represión
dictatorial deciden matarlo dentro de la cárcel pública de Santiago.
Guillermo Rodríguez permanecía
internado en la Galería N° 2 del recinto carcelario junto a otros presos
políticos de la dictadura. Sin embargo, los presos políticos mantenían
una relación de camaradería y buena vecindad con los presos comunes; era
habitual compartir la comida o realizar actividades deportivas en
conjunto. Los familiares de los presos políticos solían acudir al penal a
dejarles alimentos, sin tener contacto con el detenido sino entregando
las encomiendas en la recepción del penal.
Precisamente, para concretar la
acción criminal, los agentes del aparato de inteligencia, en el trámite
de recepción y revisión, interceptaron los alimentos que la madre de
Guillermo Rodríguez había dejado para su hijo, e inyectaron la comida
con el veneno homicida. Luego de que los propios presos prepararan y
consumieran los alimentos (y de haber compartido los mismos con algunos
reos comunes) comenzaron a sentir los síntomas del envenenamiento y la
negación de auxilio por parte de Gendarmería. Todo ello se ejecuta con
la participación activa del entonces alcaide Ronald Bennett.
En la resolución, adoptada este 26
de mayo, se señala que en la investigación judicial el ministro Madrid
logró determinar que: “Los hechos descritos precedentemente, permiten
tener por establecido legalmente que con la finalidad de proceder a la
eliminación física de opositores al régimen militar se realizó una
operación especial de inteligencia que habría culminado con el
fallecimiento de los internos Víctor Hugo Corvalán Castillo y Héctor
Walter Pacheco Díaz, los cuales eran enjuiciados por delitos comunes y
se encontraban recluidos en la Galería N°2 de la ex Cárcel Pública de
Santiago, produciéndose su deceso por la ingesta de alimentos
contaminados con la denominada “toxina botulínica”, la que fuera traída
al país por el servicio público encargado de velar por la salud de la
población y, posteriormente, entregada a los encargados de un
laboratorio secreto a cargo de la Dirección de Inteligencia del Ejército
(DINE)”.
La resolución agrega: “Por otra
parte, los restantes afectados de nombres Guillermo Rodríguez Morales,
Ricardo Antonio Aguilera Morales, Elizardo Enrique Aguilera Morales,
Adalberto Muñoz Jara y Rafael Enrique Garrido Ceballos, sufrieron graves
lesiones, producidas por la ingesta de dichos alimentos contaminados,
logrando sobrevivir –a pesar de la tardanza en el auxilio– por el
oportuno y certero diagnóstico de la causa del envenenamiento y, por la
aplicación de la antitoxina respectiva; de esta manera, no se produjo el
resultado querido por los partícipes, en cuanto dice relación con los
delitos antes mencionados, evitándose su consumación, por causas
independientes de la voluntad del agente (…) Que la afectación a los
derechos de los internos antes mencionados evidencia una grave omisión
dolosa del deber que tenía el jefe del establecimiento penal antes
señalado respecto a la seguridad del mismo y, también, con relación a su
obligación de resguardar en forma oportuna y eficaz la integridad
física y la salud de los internos colocados bajo su cuidado”.
La diferencia de efecto mortal y
daños que provocó el veneno en los 7 reos afectados se debió, en lo
medular, a que los presos políticos tenían y mantenían una condición
física de combatientes de la Resistencia, realizando un constante
acondicionamiento del estado físico, y a que supieron aplicar medidas
básicas de primeros auxilios cuando se vieron afectados por el
envenenamiento; en tanto los presos comunes tenían una condición física
más limitada, reducida a periódicas pichangas de futbolito y poco más,
por lo que su organismo ofreció mucho menos resistencia a los efectos
mortales del veneno y, al estar físicamente separados de los presos
políticos (en otra galería), tampoco pudieron recibir los auxilios
básicos que podían aplicar los militantes de la Resistencia.
En enero del 2014 el ministro
Alejandro Madrid (el mismo que investigó el asesinato del ex presidente
Eduardo Frei Montalva, y en esa causa procesó a otro grupo de
criminales) ya había procesado por estos delitos a otros agentes de la
dictadura. Procesó en calidad de autores a Eduardo Adolfo Arriagada
Rehren y Sergio Eduardo Rosende Ollarzu, ambos médicos y empleados
civiles del ejército que funcionaban en la unidad química del DINE, y en
calidad de cómplices procesó a Joaquín Larraín Gana (ex coronel de
ejército) y Jaime Fuenzalida Bravo (ex teniente coronel de ejército),
ambos jerarcas del DINE en la época de los hechos, por los delitos de
homicidio calificado consumado de los reos Víctor Hugo Corvalán Castillo
y Héctor Walter Pacheco Díaz, y por los delitos de homicidio calificado
en el grado de frustrado en las personas de Guillermo Rodríguez
Morales, Ricardo Antonio Aguilera Morales, Elizardo Enrique Aguilera
Morales, Adalberto Muñoz Jara y Rafael Enrique Garrido Ceballos. Esta
vez se agrega como procesado, por los mismos delitos y en calidad de
autor, el entonces jefe del penal Ronald Bennett.
FUENTE: resumen.cl
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