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martes, 15 de diciembre de 2015

Gobierno presenta indicaciones que anulan derecho a huelga efectiva


Se aumenta el quórum de constitución de sindicatos en empresas de hasta 50 trabajadores, se restablece facultad para que empleadores determinen períodos no aptos para negociar, se amplían las hipótesis para que empresas soliciten a tribunales suspender la negociación colectiva, se reintroduce un descuelgue individual de la huelga muy similar al vigente, empleadores podrán utilizar bancos de horas extras durante la huelga, no se sanciona como práctica antisindical la contratación de personal durante o previo a la negociación colectiva y se impide que la huelga de contratista afecte a la empresa principal, entre otras regulaciones.
Ayer el gobierno presentó dos paquetes con nuevas indicaciones al proyecto de reforma laboral que se tramita en el Congreso. En el primero están aquellas que contaban con la aprobación de la Comisión de Trabajo del Senado, y en el segundo aquellas que abordan las materias más controvertidas y que serán discutidas por la Comisión la próxima semana. A continuación se mencionan los cambios más significativos:
Primer paquete de indicaciones (ya aprobadas en Comisión de Trabajo)
Derecho de información (art. 316 a 320): el plazo para que empresas entreguen información a los sindicatos se amplía de 15 a 30 días desde el requerimiento; solo las grandes empresas continúan obligadas a entregar balances y estados de resultados (se elimina a las medianas) como “información periódica” mientras que las micro, pequeñas y medianas empresas deberán entregar aquella información de que dispongan sobre sus ingresos y egresos de acuerdo al régimen tributario al que se encuentren acogidas para efectos del impuesto a la renta; y en varias normas se acota la obligación de información a los sindicatos “de empresa” (art. 316, 318, 319), lo que contrasta con aquellas que se refieren a “sindicatos con derecho a negociar” (art. 317 y 319 bis), sembrando dudas si con dicha nomenclatura se restringe el derecho de información a los sindicatos interempresa, de establecimiento, de trabajadores eventuales y transitorios.
Período sin negociación (art 334): se repone la norma actual que faculta a todas las empresas que no tengan instrumento colectivo vigente a establecer un período de 60 días en que los sindicatos no pueden presentar proyectos de contrato colectivo. El proyecto aprobado por la Cámara había eliminado esta prohibición y en las indicaciones del 12 de septiembre el gobierno la había repuesto solo para las micro y pequeñas empresas.
Impugnaciones y reclamaciones (art. 342): actual trámite de “objeciones de legalidad, en las indicaciones del 13 de abril se modificó a “impugnación de nómina”, estableciendo un procedimiento más expedito (se cita de inmediato a un comparendo a las partes, sin esperar la objeción del sindicato) para resolver las impugnaciones de la empresa a la nómina negociadora o al quórum para negociar. Ahora con las indicaciones del 9 de diciembre se modifica a “impugnaciones y reclamaciones”, permitiendo que el sindicato también reclame de la respuesta del empleador (por ejemplo, en caso que se proponga un plazo de vigencia superior al autorizado por la ley). Sin embargo, si bien se afirma que “La interposición de las impugnaciones o reclamaciones no suspenderá el curso de la negociación colectiva”, más adelante también se elimina la norma que prohibía a los tribunales de justicia decretar la suspensión de la negociación colectiva.
Negociación de trabajadores eventuales y por obra o faena transitoria (art. 370): se repone la obligatoriedad en la asistencia a las reuniones de mediación. Proyecto original reconocía a estos trabajadores derecho a negociación colectiva (acotado por indicación de 12 de septiembre a obras o faenas superiores a 12 meses), pero sin fuero ni huelga otorgando como única alternativa solicitar la mediación de la Dirección del Trabajo (actuales buenos oficios), cuya asistencia era obligatoria y sancionable como práctica antisindical (aspectos que también habían sido eliminados en indicaciones del 12 de septiembre).
Convenio de Provisión de Puestos de Trabajo de trabajadores eventuales (art. 373): proyecto aprobado por la Cámara de Diputados establecía la extensión de los términos del CPPT a todos los trabajadores sindicalizados, tanto a los que estaban en la nómina negociadora del convenio como a aquellos que fueren contratados con posterioridad. Sin embargo, la última indicación solo extiende a estos últimos el monto de la remuneración acordada para el turno, para los demás beneficios se requiere acuerdo del empleador (lo que contraviene la lógica del proyecto en cuanto a extensión de beneficios).
Pactos sobre condiciones especiales de trabajo (“pactos de adaptabilidad”) (art. 374 y 379): se faculta a las partes para excluir del pacto a los trabajadores que lo hubieran manifestado por escrito (no es obligatorio para las empresas). Se faculta además al Director del Trabajo a dejar sin efecto los pactos que infrinjan gravemente las normas de higiene y seguridad (sanción ex post que reemplaza al control ex ante que contempla la normativa actual sobre jornada excepcional).
Bancos de horas extras trimestrales (art. 376): se eliminan la prohibición que el empleador utilice los bancos de horas durante el desarrollo de una huelga, el deber de pactar mecanismos de compensación (ambas introducidas por indicaciones del 12 de septiembre) y la mención al otorgamiento de bonos compensatorios superiores al valor mínimo de la hora extra. Además se establece expresamente que no estarán sujetos al límite de 2 horas extras diarias actualmente vigente.
Procedimiento judicial (402): se elimina superpreferencia en el conocimiento de causas que proyecto otorgaba a reclamaciones judiciales por “objeciones de legalidad” y “servicios mínimos” (concordante con crítica formulada por la Corte Suprema en Oficio Nº 15 de 3 de febrero de 2015).
Suspensión de la negociación colectiva (art. 404): ahora todas las controversias judiciales que se susciten durante la negociación colectiva podrán implicar la suspensión de la misma, por decisión del tribunal, incluso la “impugnación de nómina” (cuestión que no estaba permitido en proyecto aprobado por Diputados).
Segundo paquete de indicaciones (se analizarán próxima semana)
Descuelgue individual (art. 357 ter): se elimina la posibilidad que el trabajador se descuelgue en cualquier momento de la negociación colectiva renunciando al sindicato (norma antisindical incorporada en indicación de 12 de septiembre), por lo que el trabajador incorporado en la nómina de negociación queda afecto a ésta hasta su término. Sin embargo, se repone descuelgue individual después de iniciada la huelga: a partir del día 16 (empresas grandes y medianas) o del día 6 (micro y pequeña empresa) siempre que la última oferta se haya hecho oportunamente (2 días antes de los últimos 5 de vigencia del contrato) y en ella se ofrece al menos idénticas estipulaciones al contrato vigente con reajustabilidad anual por IPC (que puede ser inferior a la pactada); de lo contrario los trabajadores pueden reintegrarse a partir del día 30 o 16 de huelga, respectivamente. Es decir, se repite la lógica del actual artículo 381, con la diferencia que el descuelgue masivo de trabajadores “no afecta la huelga de los demás” (pueden seguir en huelga aunque la mayoría se haya reintegrado) y que el reintegro en las micro y pequeñas empresas se acorta incluso a 6 días. Por otra parte, se mantienen las normas del “descuelgue colectivo” incorporadas por indicaciones del 12 de septiembre (votación de nuevas ofertas que empleador formule durante la huelga).
Quórum de constitución (art. 227): se modifica quórum de constitución en empresas de hasta 50 trabajadores, exigiendo un mínimo de 8 socios que representen al menos al 50% de los trabajadores de la empresa. Proyecto aprobado por la Cámara mantenía norma vigente, que exige 8 socios sin porcentaje de representación.
Quórum de negociación (transitorio art. 7 transitorio): sindicatos constituidos antes de la ley mantienen derecho a negociar por un año desde su entrada en vigencia aunque no tengan quórum para negociar, después no podrán hacerlo si no cumplen con quórum equivalente al de constitución.
Causales de servicios mínimos (art. 359): se precisa como causal el daño actual e irreparable a los bienes “corporales”, dejando fuera los bienes “incorporales” (como la marca).
Prácticas antisindicales (406): se elimina como causal de práctica antisindical la contratación de trabajadores durante la negociación colectiva y hasta un mes antes de su inicio (no está contemplado en la legislación vigente y había sido incorporado en indicación de 12 de septiembre).
Reemplazo en huelga (art. 347, 403 y 406): se elimina la denominación “puestos de trabajo”, prohibiéndose el reemplazo de “los trabajadores en huelga”, lo cual debería entenderse comprensivo de toda forma de reemplazo, tanto del reemplazo interno como externo, en los puestos de trabajo y en la función. Sin embargo, esta mayor amplitud conceptual se contrapone con otras propuestas que atentan contra la eficacia del derecho a huelga, como los servicios mínimos universales, permitir el descuelgue individual, no sancionar como práctica antisindical la contratación de personal durante y previo a la negociación colectiva, el uso de bancos de horas extras durante la huelga y la facultad para que se confiere al empleador para que realice “adecuaciones necesarias” (incluyendo ajustes en turnos y horarios) con el fin que los trabajadores no involucrados en la huelga realicen las funciones pactadas en sus contratos de trabajo (incentivo a la polifuncionalidad). Es decir, medidas que apuntan a que la empresa no paralice durante la huelga y a que ésta no dure más de dos semanas.
Huelga de empresas contratistas o subcontratistas (art. 357): se evita que afecte a la mandante, permitiéndole ejecutar las obras o realizar los servicios directamente o a través de un tercero.
Adecuación de estatutos (art. 8 transitorio): se confiere un año de plazo para que las organizaciones sindicales adecúen sus estatutos a las disposiciones de la nueva ley (ej. disposiciones sobre elección de representación femenina)
Vigencia de grupos negociadores (art. 9 transitorio): norma transitoria establece que solo podrán negociar empresas donde “no existan instrumentos colectivos suscritos por sindicatos”, en circunstancias que el artículo 303 permanente exige que exiata sindicato con quórum para negociar.
Servicios mínimos impiden iniciar negociaciones futuras (art. 3 transitorio): se mantiene la entrada en vigencia de la ley para el primer día del séptimo mes desde que sea publicada, pero se sigue permitiendo que las empresas soliciten la calificación de servicios mínimos y equipos de emergencia antes de ese período con la sanción para el sindicato que no puede iniciar su negociación colectiva mientras no esté resuelto el requerimiento del empleador.
En lo demás, se mantienen los retrocesos y pérdidas de derechos introducidos por el gobierno en las indicaciones del 12 de septiembre, sumado a los que ya registraba el proyecto aprobado por la Cámara de Diputados el 17 de junio.
FUENTE: ProSindical.cl

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